Términos y condiciones generales

I. Generalidades

  1. Todas las ofertas, pedidos y entregas de GROB GmbH Antriebstechnik (en lo sucesivo, el “Proveedor”) se rigen por las siguientes condiciones y, en su caso, por acuerdos contractuales separados. Las condiciones de compra divergentes del comprador no formarán parte del contrato, incluso si se acepta el pedido.
  2. Un contrato se celebra —salvo acuerdo especial— mediante la confirmación de pedido por escrito. El proveedor tiene derecho a enviar la mercancía pedida incluso sin confirmación de pedido.
  3. En caso de discrepancias entre la confirmación del pedido y la oferta o el pedido, la confirmación de pedido por escrito del proveedor será determinante, salvo que se impugne por escrito dentro de los 10 días posteriores a su envío.
  4. GROB GmbH Antriebstechnik se reserva los derechos de propiedad y autor sobre muestras, presupuestos, facturas, planos u otra información física, incluso en forma electrónica. Esta información solo puede ser compartida con terceros con el consentimiento expreso y por escrito del proveedor.


II. Precio y pago

  1. Las ofertas del proveedor son siempre sin compromiso. Los precios son válidos desde fábrica, excluyendo embalaje, carga, flete y aranceles, más el IVA correspondiente. La fijación de precios se realiza en euros. Si se acordó otra moneda, cualquier cambio en la tasa de cambio de dicha moneda frente al euro posterior a la fecha de confirmación del pedido será en detrimento del comprador.
  2. Los pagos deben efectuarse sin deducciones dentro de los 30 días posteriores a la entrega. La aceptación de cheques o giros requiere el consentimiento previo expreso del proveedor y solo se realiza a cuenta de pago. Los gastos de descuento, comisión, cobro bancario y los impuestos corren por cuenta del girador o emisor del cheque.
  3. En caso de retraso en el pago, el proveedor tiene derecho a cobrar intereses de demora según los tipos de interés corrientes de su banco, pero como mínimo un 8% por encima del tipo de interés del Banco Central Europeo. Esto también se aplica si se concede un aplazamiento de pago.
  4. Si después de la celebración del contrato el proveedor conoce circunstancias que cuestionen significativamente la solvencia del comprador, podrá suspender la prestación hasta que el comprador cumpla con la contraprestación o proporcione garantía.
  5. El comprador solo tiene derecho a retener pagos o compensarlos con reclamaciones propias si estas son indiscutibles o fueron legalmente reconocidas.


III. Entrega

  1. El alcance de las obligaciones se establece en la confirmación de pedido escrita del proveedor. Documentos como folletos, catálogos, planos, ilustraciones, descripciones y datos técnicos, así como muestras, pesos y medidas, son no vinculantes, a menos que el proveedor los haya confirmado por escrito en la confirmación del pedido.
  2. Se permiten entregas parciales siempre que sean razonables para el comprador.
  3. Si en la confirmación de pedido no se indica una fecha de entrega fija, los plazos y fechas indicadas son orientativos. Si un plazo fijado se incumple por causas imputables al proveedor en más de un mes, el comprador podrá otorgar un plazo adicional razonable, de al menos 6 semanas, y rescindir el contrato si este vence sin resultado.
  4. La entrega a tiempo requiere la resolución puntual de todas las cuestiones técnicas y financieras, la recepción oportuna de todos los documentos proporcionados por el comprador y el cumplimiento de las condiciones de pago acordadas.
  5. El cumplimiento del plazo de entrega también depende de la correcta y oportuna autoabastecimiento del proveedor. Se informarán posibles retrasos tan pronto como sea posible.
  6. Si el retraso se debe a fuerza mayor, conflictos laborales u otros eventos fuera del control del proveedor, el plazo se amplía razonablemente. Si la ampliación supera los 3 meses, ambas partes pueden rescindir el contrato.
  7. Si la entrega o aceptación del objeto se retrasa por causas imputables al comprador, se le cobrarán los costos derivados del retraso a partir de un mes desde la notificación de disponibilidad para envío o aceptación.


IV. Transferencia de riesgos y aceptación

  1. La carga y el envío se realizan, incluso si es realizado por empleados del proveedor, bajo riesgo del comprador. El riesgo se transfiere al comprador al enviar la notificación de disponibilidad de entrega.
  2. Si la entrega no se recoge tras la notificación de disponibilidad, el proveedor puede almacenar la mercancía a riesgo y costo del comprador o depositarla a su cargo.
  3. Si el comprador no acepta la mercancía o servicio ofrecido, el proveedor puede otorgarle un plazo adicional de 4 semanas. Tras el vencimiento, el proveedor podrá rescindir el contrato y/o reclamar indemnización por daños, al menos el 15% del precio acordado, sin perjuicio de demostrar un daño mayor.
  4. Si el comprador lo desea, el proveedor puede asegurar la entrega mediante un seguro de transporte; los costos correrán por cuenta del comprador.


V. Reserva de propiedad

  1. Los bienes entregados permanecen como propiedad del proveedor hasta el pago completo de todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial. La inclusión de facturas individuales en una cuenta corriente o su reconocimiento no afecta la reserva de propiedad.
  2. El comprador concede al proveedor acceso irrevocable y sin obstáculos a los locales donde se encuentren los bienes en caso de ejercer su derecho de recuperación.
  3. El comprador solo puede revender los bienes en el curso normal del negocio. No se permite pignorar o ceder como garantía.
  4. En caso de reventa o procesamiento, el comprador cede al proveedor todas las reclamaciones contra sus compradores hasta el monto de la factura del proveedor. El proveedor acepta esta cesión.
  5. El comprador puede recaudar las deudas cedidas mientras cumpla sus obligaciones con el proveedor.
  6. En caso de insolvencia, el proveedor puede rescindir el contrato y exigir la devolución inmediata de la mercancía.
  7. Los fondos cobrados deben depositarse en una cuenta separada y mantenerse para el proveedor. A solicitud, el comprador debe proporcionar información sobre las deudas cedidas, incluyendo deudor, descripción de la deuda y documentación, e informar a sus compradores sobre la cesión.
  8. El comprador no puede disponer de las deudas cedidas de ninguna manera, ni compensarlas ni celebrar contratos de factoring.
  9. Si el bien entregado se procesa en un nuevo objeto, esto se realiza para el proveedor sin obligaciones adicionales. Si se genera copropiedad, esta corresponde al proveedor proporcionalmente. El comprador debe informar sobre la ubicación del nuevo bien.
  10. Si el valor de las garantías excede el 20% de las reclamaciones totales, el exceso se reduce proporcionalmente.
  11. El proveedor puede vender los bienes recuperados tras previo aviso, sin perjuicio de las obligaciones de pago restantes del comprador.
  12. El comprador debe cuidar los bienes, asegurarlos contra incendio, agua y robo, y realizar el mantenimiento necesario a su costo.


VI. Garantías y responsabilidad por daños

Defectos materiales:

  1. Partes defectuosas por causas anteriores al traspaso de riesgos serán reparadas o reemplazadas gratuitamente a elección del proveedor. Los defectos deben notificarse por escrito inmediatamente. Las piezas reemplazadas pasan a ser propiedad del proveedor. El comprador debe permitir el tiempo y oportunidad necesarios para la reparación o sustitución.
  2. Solo en casos urgentes de riesgo o daños graves, el comprador puede reparar o permitir reparación por terceros y reclamar gastos, tras notificación inmediata al proveedor.
  3. El comprador tiene derecho a rescindir el contrato si el proveedor no subsana un defecto tras un plazo razonable.
  4. Defectos menores dan derecho solo a reducción proporcional del precio; otros derechos quedan excluidos.

Defectos legales:

Si el uso del bien entregado infringe derechos de propiedad industrial o intelectual, el proveedor proporcionará, a su costo, derecho de uso o modificación del bien para eliminar la infracción, siempre que:

a) el comprador notifique inmediatamente la reclamación,

b) apoye al proveedor en la defensa de la reclamación,

c) el proveedor gestione todas las medidas de defensa,

d) el defecto legal no derive de instrucciones del comprador,

e) la infracción no se deba a uso o modificación no contractual del comprador.


VII. Responsabilidad

  1. Si el bien entregado no puede ser utilizado de manera contractual por el comprador debido a culpa del proveedor, como resultado de ejecución omisa o defectuosa, sugerencias o asesoramiento realizados antes o después de la celebración del contrato, o por incumplimiento de otras obligaciones contractuales accesorias, se aplicarán, excluyendo otras reclamaciones del comprador, las disposiciones de la Sección VI y de los apartados 2 y 3 de la Sección VII.
  2. Por los daños que no se hayan producido en el bien entregado, el proveedor responderá, cualquiera que sea la base legal, únicamente:

a) en caso de dolo,

b) en caso de negligencia grave de los propietarios, órganos de dirección, empleados directivos o auxiliares,

c) en caso de lesión culpable de vida, cuerpo o salud,

d) en caso de defectos que el proveedor haya ocultado fraudulentamente o cuya inexistencia haya garantizado,

e) en caso de defectos del bien entregado, en la medida en que la Ley de Responsabilidad por Productos (Produkthaftungsgesetz) exija responsabilidad por daños a personas o bienes de uso privado.

  1. En caso de incumplimiento culpable de obligaciones contractuales, incluido el retraso, la responsabilidad del proveedor se limita al daño promedio directo previsible y típico del contrato según la naturaleza de la mercancía. Excepto en caso de incumplimiento de obligaciones esenciales (“obligaciones cardinales”), se excluye la responsabilidad del proveedor por incumplimientos basados en negligencia leve de sus representantes legales o auxiliares.
  2. Se excluye, sin tener en cuenta la naturaleza jurídica de la reclamación, cualquier responsabilidad por indemnización más allá de lo previsto en los apartados 4 a 6 del §6.
  3. La disposición del apartado 1 no se aplica a reclamaciones conforme a los §§ 1 y 4 de la Ley de Responsabilidad por Productos. Lo mismo aplica en caso de imposibilidad inicial o imposibilidad imputable.
  4. En la medida en que nuestra responsabilidad esté excluida o limitada, esto también se aplica a la responsabilidad personal de nuestros empleados, trabajadores, representantes y auxiliares.


VIII. Prescripción

Todas las reclamaciones prescriben en 12 meses tras la entrega, salvo daños cubiertos por la ley de responsabilidad. Esto aplica también a defectos en construcciones o bienes usados en ellas.


IX. Ley aplicable y jurisdicción

  1. Todas las relaciones se rigen por la ley alemana, excluyendo normas de conflicto.
  2. El tribunal competente para disputas con comerciantes es el local y materialmente competente en la sede del proveedor. El proveedor puede demandar también en la sede principal del comprador.